Como cada año los patrones tiene la obligación de entregar un porcentaje de sus utilidades del año anterior a sus trabajadores, el cual según el articulo 122 de la Ley Federal del Trabajo deberá ser entregado dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que deba presentarse la declaración anual.
Para las personas Morales este plazo se cumple el 31 de mayo, en el caso de las personas Físicas este plazo se cumplía en el mes de junio, sin embargo en este año 2020 derivado de la prórroga establecida por el Servicio de Administración Tributaria para la declaración anual, en la cual se señala que estos contribuyentes tendrán hasta al 30 de junio de 2020 para presentarla, dichos patrones tendrán como límite el mes de agosto para repartir esta prestación a sus trabajadores